De la tranquilidad y lo calmada que era la ciudad de Tarapoto, graves hechos delictivos han afectado su desenvolvimiento social; el rostro de la delincuencia ha cobrado nuevos matices. El pasado 13 de octubre, efectivos de la Policía, en coordinación con personal de la Fiscalía Especializada en Criminalidad Organizada, lograron intervenir y desarticular la organización criminal denominada “Los Piratas”, presuntamente integrada por policías y civiles, a quienes se les imputa los delitos de sicariato, homicidio calificado, entre otros. Frente a estos hechos, la fiscalía convocó la participación de los profesionales de Defensa Pública Penal (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos).
El ejercicio de los derechos fundamentales de cada intervenido implica la restricción de arbitrariedades del órgano de persecución del delito (Ministerio Público), que debe cautelar cada una de sus actuaciones a fin de evitar la afectación de garantías de los presuntos responsables que puedan devenir en nulidades. Por ello, el respeto de los derechos fundamentales es esencial.
La necesidad de contar con defensores públicos penales para garantizar una labor efectiva y respetuosa de los derechos humanos en la persecución del delito nos recuerda la importancia de la labor de estos profesionales y eso motiva el presente artículo.
Actualmente, el proceso penal actual ha atravesado cambios significativos en su configuración como sistema para la resolución de conflictos penales. Estas modificaciones buscan superar el denominado modelo inquisitivo, el cual resolvía los casos penales a través de un juez que administraba justicia en base a un atestado generado por el personal judicial sin la actuación de quienes se constituyen en sujetos procesales, haciendo necesaria la participación de los defensores públicos.
Como función esencial por parte del Estado está la prestación de servicios públicos eficientes y eficaces a los ciudadanos. En ese sentido, la labor del defensor público no es ajena al derecho a la defensa de quien se encuentra en un conflicto penal.
Por lo tanto, cuando una persona es detenida, tiene el legítimo derecho de contar con un abogado —privado o proporcionado por el Estado a través del Ministerio de Justicia— para que lo asista durante las investigaciones que se desarrollen, aportando al esclarecimiento de los hechos y a la determinación de su responsabilidad. De comprobarse que el intervenido ha participado en hechos delictivos, se podrán aplicar mecanismos como el principio de oportunidad o la terminación anticipada.
Durante la etapa intermedia del proceso penal, el defensor público en la asistencia al ciudadano puede contradecir los requerimientos acusatorios, ofrecer medios probatorios y complementar criterios que conduzcan al sobreseimiento del caso, como principales acciones.
Por otro lado, durante la etapa de juicio oral, tras la lectura de los derechos del acusado, el defensor público asiste al procesado en la posible aplicación de la conclusión anticipada del proceso.
De proseguir el desarrollo del juicio oral, el defensor público contradice la acusación fiscal, formulando argumentos de apertura, actuaciones probatorias o interrogatorios, siempre cautelando la formulación de preguntas que no resulten prohibidas. Posteriormente, formulará alegatos de clausura en la defensa de la inocencia del intervenido en un proceso penal que debe desarrollarse con todas las garantías necesarias.
El defensor público, en el marco de sus actuaciones, se alinea a los criterios de modernización del Estado para brindar un adecuado servicio al ciudadano en el ámbito de la administración de justicia.
La labor de los defensores públicos penales también involucra la asistencia a personas que, cumpliendo sentencia en un penal, optan por beneficios penitenciarios como la semilibertad, la libertad condicional o la conversión de pena.
Asimismo, los defensores públicos pueden asumir la defensa de menores infractores, quienes ante los juzgados de familia determinan su participación en casos de infracción a la ley penal.
Conclusiones
En el presente artículo se ha analizado el rol actual del defensor público como profesional del derecho que hace efectivas las garantías que establece el Código Procesal al regular el proceso penal.
Considerando los criterios que establece la configuración del Estado actualmente, se puede afirmar que la labor del defensor público se orienta a la prestación de un servicio eficaz al ciudadano, contribuyendo a la resolución de casos donde las personas deben afrontar el proceso penal.
La formación actual que se realiza en la Escuela de Derecho de la Universidad César Vallejo se alinea con el desarrollo de competencias necesarias para quienes apuesten por ser defensores públicos. Se ofrecen conocimientos de vanguardia, se comparten experiencias de resolución de casos y se otorga valor a la prestación de un servicio orientado al ciudadano.
Como sostuvo el maestro César Vallejo, con relación al proceso penal en un Estado moderno, “hay, hermanos, muchísimo que hacer”, por lo que debe motivarse la confianza en la labor del defensor público.
