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¿Es posible la castración química para violadores en el Perú?

Por: Universidad César Vallejo
abril 24, 2022
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Ante el terrible caso de secuestro y violación de una niña de tres años en Chiclayo, el presidente de la república ha propuesto una medida drástica como es la aplicación de la castración química para violadores de menores de edad, mujeres y adolescentes. ¿Es la primera vez que se presenta esta propuesta en el Perú? El Dr. Jhony Mogollón Longa, catedrático de la Escuela de Derecho de la Universidad César Vallejo, campus Los Olivos, aclara que la primera vez que se solicitó fue en el año 1996 con el proyecto de ley 1734/96 por la congresista Susana Díaz: “Ley contra la violencia sexual y de la castración”, el cual fue enviado al archivo. “Luego, en el año 2005, el congresista Yonhy Lescano presentó el proyecto de ley 13679/2005: “Ley que introduce la castración química como pena accesoria”, el cual buscó modificar los artículos 28, 172, 173 y 174 del Código Penal. Asimismo, hubo dos proyectos más presentados ante la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso: proyecto de ley 13888/2005, solicitado por la congresista Dora Núñez; y el proyecto de ley 14472/2005, del congresista Yonhy Lescano, en estudio”, expresó el catedrático Mogollón. En esa misma línea el especialista dijo que, según el portal del congreso, no emite resultado de proyecto, pero existen 2 posibilidades de que no se haya aprobado: o es que se quedó en estudio por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos o fue enviado al archivo. ¿Es una medida correcta? Existen países que la utilizan y han logrado disminuir su incidencia de violencia sexual a menores, como es el caso de Rusia. Pero en América Latina se mantiene estudio. “En el Perú, dicho proyecto, según juristas, vulneraría derechos constitucionales protegidos por el art. 1, ‘Dignidad de la persona humana’; 2 inc. 1, ‘A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física (…)’; y 139 inc. 22, ‘El principio del régimen penitenciario’. En la mayoría de países utilizados es voluntario y busca su reinserción a la sociedad”, indica el especialista. ¿Qué otra medida debe adoptar el Estado? “La cadena perpetua ya está tipificada, pero los magistrados (jueces y fiscales) deben aplicarla respetando el debido proceso (plazos establecidos) y presunción de inocencia; para que esta sea eficaz, la información de la citada condena debe ser promocionada en la sociedad (colegios, universidades, trabajos, etc.) para que el niño y joven entienda que no debe dejarse tocar; pero tampoco debe tocar a nadie si no se le permite. Quien incumpla va a la cárcel de por vida, hecho que muchas personas desconocen que significa cadena perpetua”, indica el Dr. Mogollón. Asimismo, no debe haber beneficios penitenciarios para este tipo de situación. Si la violación fue en cualquier región deberían ser derivados a cárceles de máxima seguridad como Challapalca, una de las peores prisiones debido a su ubicación y seguridad. Debe obligarse al reo a que realice trabajos en la cárcel y estos sean remunerados para que pague la reparación civil a los agraviados. ¿Con la castración química se reducirían las violaciones en el Perú? “La castración química es aprobada en siete estados de Estados Unidos; en Europa está aprobado en Alemania, Polonia, Dinamarca y Australia. En Rusia tuvo gran acogida debido al aumento de violaciones de menores y se pudo reducir los casos. En América Latina solo existen proyectos”, concluyó el catedrático.
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