
La responsabilidad civil y penal frente a fallas estructurales: caso Real Plaza Trujillo
Docente de la Escuela de Derecho
Campus Moyobamba

El colapso de infraestructuras en espacios públicos representa un grave riesgo para la integridad física y la vida de los ciudadanos. El presente artículo analiza la responsabilidad civil y penal derivada del colapso del techo en el centro comercial Real Plaza Trujillo, evento que tuvo como resultado múltiples víctimas. A través del análisis del marco normativo (Código Penal y Código Civil) y el rol de las autoridades municipales, se busca determinar los alcances de la negligencia, el dolo y la obligación indemnizatoria. Se concluye que existe una responsabilidad compartida entre la administración privada y el control estatal, lo que exige una reforma en la fiscalización de seguridad.
En el Perú, la seguridad en establecimientos abiertos al público es una obligación compartida entre los administradores privados y las autoridades municipales. El 21 de febrero del año 2025, el colapso del patio de comidas del Real Plaza Trujillo, que dejó un saldo aproximado de 6 fallecidos y 82 heridos, puso en evidencia las deficiencias en el mantenimiento y la supervisión de estas infraestructuras. Este suceso no solo genera una crisis humana, sino que activa complejos mecanismos de responsabilidad jurídica. El presente análisis examina si la omisión de medidas de protección y la falta de fiscalización oportuna vulneran bienes jurídicos fundamentales, proponiendo una visión integral para la reparación de los daños causados.
Marco jurídico de la responsabilidad penal
La investigación fiscal se centra en delitos como homicidio culposo, lesiones graves y estragos, fundamentados en los artículos 276 y 278 del Código Penal. Un punto crítico es la evaluación del dolo o culpa; de comprobarse que los administradores conocían las fallas estructurales y no actuaron, la figura podría derivar en homicidio calificado bajo el artículo 108.4, al utilizar un medio que puso en peligro la vida de muchas personas, con penas de 15 a 35 años. La Fiscalía debe determinar si hubo una "omisión de auxilio" o negligencia inexcusable en la construcción.
Responsabilidad civil e indemnización
Desde la perspectiva civil, el artículo 1321 del Código Civil establece la obligación de indemnizar por dolo o culpa (leve o inexcusable) a quien incumple sus obligaciones. En este caso, la responsabilidad recae inicialmente en el administrador del centro comercial, encargado de ejecutar las medidas de protección y mantenimiento. Los afectados tienen derecho a reclamar:
- Daño patrimonial: incluyendo daño emergente y lucro cesante por gastos médicos y pérdida de ingresos.
- Daño moral: según el artículo 1984, se debe compensar el sufrimiento emocional y el impacto psicológico de las víctimas y sus familias.
El rol del gobierno local y la fiscalización
La responsabilidad no es exclusivamente privada. La municipalidad, al otorgar licencias y verificar que las edificaciones cumplan con el Reglamento Nacional de Edificaciones, asume un deber de garantía. La seguridad depende de la supervisión de Defensa Civil; por tanto, se debe investigar si existieron informes previos con observaciones no subsanadas que debieron llevar al cierre del establecimiento.
Propuestas para la mejora de la seguridad pública
Para evitar la repetición de tragedias similares y garantizar la reparación, se plantean las siguientes acciones:
- Auditoría de expedientes de Defensa Civil: revisar la periodicidad de los mantenimientos y la fiscalización municipal de los últimos años.
- Transparencia en protocolos de emergencia: obligar a los centros comerciales a publicar y señalizar constantemente sus protocolos y zonas seguras.
- Fortalecimiento de la supervisión municipal: implementar mecanismos de control estricto sobre los proveedores de servicios de mantenimiento para evitar información falsa sobre el estado de las estructuras.
La tragedia en Real Plaza Trujillo evidencia una vulneración de los derechos a la vida y la integridad, que debe ser sancionada tanto en el ámbito penal como civil.